CRÉDITOS

  • Mini Crédito
  • Crédito de Emergencia
  • Crédito Ordinario
  • Crédito para la Vivienda (a través de la SENAVITAT)

RESUMEN CRÉDITOS

CRÉDITO

RELACIÓN

* Ordinario 1 x 8
* Emergencia 1 x 6
* Excelencia 1 x 10
* Hipotecario 70% de la tasación oficial.
* Mini Crédito o sola firma (Sin base de relación de aporte)

ANTIGÜEDAD

MONTO

* 1 mes Hasta 3.000.000.-
* 3 meses Hasta 5.000.000.-
* 6 meses Hasta 9.000.000.-
* 12 meses Monto máximo.-

CONFORME A RELACIÓN APORTE

TIPOS DE CRÉDITO

MONTO MÁXIMO

PLAZO MÁXIMO

* MINI CREDITO: 1.000.000.- 10 meses
* EMERGENCIA: 3.500.000 a 5.000.000.- 18 meses
* CONSUMO: a través de Tarjeta de Crédito (solicitar su línea de Crédito)
* ORDINARIO: 15.000.000.- 24 meses
* ORDINARIO: más 15.000.000.- 24 meses
* EXCELENCIA: sin límite - Monto conforme al aporte 36 meses

PLAZO

PORCENTAJE

* Hasta 6 meses 1,50%
* Hasta 12 meses 2,00%
* Hasta 18 meses 2,25%
* Hasta 24 meses 2,50%
* Más de 24 meses 2,75%

SE RECUERDA PRESENTAR:

LIQUIDACIÓN DE SALARIO FIRMADO - SELLADO POR EL GIRADOR

CÉDULA DE IDENTIDAD CIVIL

Artículo 8. Son requisitos indispensables para la obtención de un crédito:

J) Se podrá considerar el informe de INFORMCONF y otorgar en base a su conducta de pago, líquidez y la Central del Riesgos del INCOOP, sobre su endeudamiento en el Sistema Financiero.

Artículo 9. Relación Aporte – Crédito. La relación Aporte – Crédito se determinará de acuerdo a la situación financiera de la empresa. Esta relación puede ser modificada por el Consejo de Administración, atendiendo los tipos de créditos establecidos en el Reglamento Interno en vigencia.

Artículo 11º. Capacidad de pago. La capacidad de pago del socio/a, deberá reflejarse en disponibilidad del socio/a titular del préstamo y de su garante. Además, la sumatoria de las cuotas de todos los créditos concedidos por la Cooperativa, no deberá exceder el treinta por ciento (30%) del total de los ingresos mensuales del socio/a y su cónyuge. Esto rige también para los codeudores.

Artículo 12º. Número máximo de créditos. Un socio no podrá tener más de un crédito en cada línea de crédito, para solicitar nuevos créditos el socio deberá amortizar cincuenta por ciento (50%) del crédito vigente, para los Créditos Refinanciados deben abonar previamente el 100% y para los Créditos Consolidados el 75%. pudiendo el Consejo de Administración dependiendo de la disponibilidad de la Cooperativa, resolución mediante, disminuir el porcentaje para conceder crédito habiendo saldo pendiente, que dicho saldo deberá ser cancelado del nuevo crédito.

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