Sepelio
Cementerio Privado
REQUISITOS Y CONDICIONES
Las Cuotas de Solidaridad tendrán vencimiento hasta 5 (cinco) días después del cobro por Giraduria y para acceder a los subsidios se tendrán en cuenta los siguientes requisitos:
- Tener una antigüedad mínima de (6) seis meses como socio/a de la cooperativa con excepción de fallecimiento de socio/a.
- Estar al día en el cumplimiento de todas sus obligaciones económicas y societarias.
- Los socios que registren hasta 30 días de atraso en el pago de su cuota podrán acceder a 75% del subsidio solicitado.
- Los socios que registren 31 a 60 días de atraso en el pago de su cuota podrán acceder al 50% del subsidio solicitado.
- Los socios que registren más de 60 días de atraso en el pago de su cuota pierde su derecho de acceder al subsidio solicitado.
- En todos los casos en que el socio fuese beneficiado con algún subsidio y se registra atraso en el pago por sus obligaciones ya sea por traslado u otros se deberá proceder a descontar del beneficio concedido, los montos correspondientez adeudados hasta la fecha (económica y societaria).
- La presentación de la solicitud, se hará dentro de los noventa (90) días siguientes, al hecho que motiva el suceso o caso, de la petición del subsidio o premios.
- Presentar una solicitud en el departamento de Solidaridad, en formularios establecidos para el efecto, en tiempo y forma, acompañados de las documentaciones requeridas para cada caso, expedidos por autoridades competentes.
- El que tuviere más de 5 boletas devueltas durante el ejercicio no podrá acceder al subsidio.
SUBSIDIOS
SUBSIDIO POR FALLECIMIENTOS:
- Fallecimiento del Socio: 3.000.000.-
- Fallecimiento del Cónyuge e Hijos Menores: 1.600.000.-
- Fallecimiento del Padre o Madre: 1.600.000.-
- Fallecimiento Simultáneo de los Padres: 3.000.000.-
- Fallecimiento Natimorto: 500.000.-
Documentaciones requeridas:
- Certificado de defunción, expedido por el Registro Civil de la persona.
- Natimorto: Certificado de Defunción Fetal y Constancia emitida por el Centro Asistencial a partir del sexto día de gestación, Firma, sello, Número de Registro Profesional y con el visto bueno del Director del Centro Asistencial.
- Certificado de Nacimiento, de Matrimonio, Libreta de Familia u otros documentos que avale el vínculo del socio/a con el fallecido.
- Los subsidios otorgados por el C. E. P. o la Gerencia General serán informados en la primera sección del comité de solidaridad. El requerimiento de los documentos tendrá la flexibilidad que ameriten los casos de fuerza mayor.
SUBSIDIO POR MATERNIDAD:
- Parto Normal: 393.000.-
- Parto Normal Múltiple: 590.000.-
- Parto Cesárea: 786.000.-
- Parto Cesárea Múltiple: 983.000.-
Documentaciones requeridas:
- Certificado de Nacimiento expedido por el Registro Civil.
- Certificado de Matrimonio o libreta de familia.
- Certificado Médico para caso de Cesárea, Firma, Sello, Número de Registro Profesional y con el visto bueno del Director del centro Asistencial.
- Resolución de unión de hecho con relaciones concubinarios de más de dos años de duración expedida conforme a la ley debidamente inscripto en el Registro Civil de las personas con la constancia del caso.
SUBSIDIO POR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS (CIRUGÍA MAYOR):
- Cirugía Mayor Socio/a: 786.000.-
- Cirugía Mayor Cónyuge: 786.000.-
- Cirugía Mayor Hijos Menores: 393.000.-
- Cirugía Mayor Padre Madre Socio: 393.000.-
Documentaciones requeridas:
Serán considerados cirugía de parte mayor aquellas realizadas con anestesia general, peridual y raquídea.
- Para el cobro del subsidio se llenará un formulario proveído por la COOSOFAN para el informe médico resumiendo lo acontecido que abarque el diagnóstico, el motivo de la cirugía o procedimiento justificando lo realizado, Firma, Sello, Número de Registro Profesional y con el visto bueno del Director del Centro Asistencial.
- En todo caso la privacidad del paciente será mantenida dentro del marco de la ética que demanda la deontología médica.
- Se deberá adjuntar el documento legal pertinente, original o fotocopia autentificada, que certifique el vínculo familiar con el socio/a.
- En caso de sobrevivir más de un hecho durante la cirugía se atenderá aquel que mayor beneficio signifique al socio/a en cuyo caso quedarán automáticamente anulados otros beneficios asociados.
SUBSIDIO POR TERAPIA INTENSIVA DEL SOCIO: 1.965.000.-
Se otorgará un subsidio único por terapia intensiva por una sola vez durante el ejercicio económico al socio un SMV redondeado al millar más cercano.
- En caso de sobre venir más de un hecho durante este tratamiento, será atendido aquel subsidio que mayor beneficio signifique al socio/a en cuyo caso quedarán automáticamente anulados otros beneficios asociados.
- La solicitud para el subsidio por Terapia Intensiva deberá ser presentada hasta 30 días posteriores de producida dicha situación.
SUBSIDIO POR TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES TERMINALES DEL SOCIO: 983.000.-
- Se establece un subsidio del 50% SMV redondeado al millar más cercano por tratamiento de Enfermedades Terminales (VIH- Carcinoma tratamiento, Renales- Leucemia), por una sola vez durante el ejercicio económico al socio/a.
- En todos los casos es perentorio acompañar a la solicitud de referencia de un informe médico, dicho informe debe llevar la firma y el número de registro del médico tratante y del Director del Centro Asistencial.
PREMIOS ESPECIALES
MATRIMONIO DEL SOCIO: 393.000.-
- Se establece un premio único del 20% SMV redondeado al millar más cercano por matrimonio válido del socio/a. Si ambos cónyuges fueren socios, deberán presentar la solicitud por separado.
Para acceder a dicho beneficio será de rigor la presentación de los siguientes documentos:
- Certificado de Matrimonio.
- Libreta de Familia expedida por Autoridades Competentes.
EGRESO NIVEL ESCOLAR BÁSICO: 99.000.-
- Se establece un premio especial para el socio/a e hijos, por egreso de evaluación Escolar Básico con término medio 4 (cuatro).
EGRESO NIVEL ESCOLAR MEDIA: 197.000.-
- Se establece un premio especial para el socio/a e hijos, por egreso de evaluación Escolar Educación Media con término medio 4 (cuatro).
EGRESO NIVEL UNIVERSITARIO: 393.000.-
- Se establece un premio especial para el socio/a e hijos, por egreso de Nivel Universitario.
- Se establece como plazo de reclamo a partir de la fecha de conclusión de las actividades escolares hasta 31 de marzo del siguiente año y nivel secundario 60 días a partir del egreso, siempre y cuando la carrera sea reconocida por el Ministerio de Educación y Cultura y cuente como mínimo con 2 (dos) años de antigüedad, equivalente a 1.280 horas cátedras, quedará en archivo de la COOSOFAN fotocopias de los documentos originales presentados.
Consulta o aclaración contactar con la Departamento de Solidaridad
Teléfono: 606.648/9.
Email: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.