HACETE SOCIO

REQUISITOS PARA SER SOCIOS

ARTÍCULO 7 DEL ESTATUTO SOCIAL.

REQUISITOS PARA SER SOCIO Y ACCEDER A LOS BENEFICIOS Y SERVICIOS SOCIALES O FINANCIEROS

  • Ser legalmente capaz y haber cumplido 18 años;
  • Ser Suboficial en servicio activo o retirado y socio del Club de Suboficiales de las Fuerzas Armadas de la Nación, Personal al Servicio de la Cooperativa y del Club de Suboficiales de las Fuerzas Armadas de la Nación; Cónyugues y Familiares de los mismos hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • Presentar una solicitud de admisión dirigida al Consejo de Administración con la firma de un socio proponente y ser aprobada dicha solicitud por el Consejo;
  • Suscribir como mínimo un (1) Certificado de Aportación de Gs. 300.000 (Guaraníes trescientos mil) e integrar el 10 % en el momento del ingreso y el saldo pagadero hasta un máximo de diez (10) cuotas mensuales iguales. Es obligación de los Socios suscribir e integrar un Certificado de Aportación anual;
  • La solicitud, una vez presentada con los datos filiatorios del solicitante, será considerada en la primera sesión del Consejo de Administración, la que optará por la aceptación, observación de faltar algún dato o rechazo al no reunir los requisitos exigidos por el presente Estatuto. La fecha de ingreso de los socios será para los socios fundadores, la fecha de la Asamblea de Fundación y para los demás socios la fecha de la sesión del Consejo de Administración que aprobó la solicitud;
  • También podrán ser socios de la Cooperativa asociaciones sin fines de lucro que puedan existir en las Fuerzas Armadas de la Nación, en especial el Club de Sub Oficiales de las Fuerzas Armadas de la Nación.

 

ARANCELES

Cuota de Ingreso: 30.000.-

Aporte: 25.000.-

Solidaridad: 15.000.-

Aporte Extraordinario: 10.000.-

Otras disposiciones

Presentar una copia de recibo de cualquier factura (del último trimestre) de servicio básico (ANDE- ESSAP- COPACO), si el solicitante no posee dicha documentación podrá presentar Certificado de vida y residencia.

En caso de personal Militar, que resida en alguna unidad, presentará constancia del Comandante de la Unidad, sin perjuicio de los demás requisitos previstos en el Estatuto Social.

* Solicitud de Ingreso

* Registro de Firma